18

Dic

2015

Por Jorge Gallo Costa

El cobro de intereses

Usted tiene ahorrados diez mil soles en una institución financiera que le paga 5% de intereses al año. Si un familiar le pide prestado ese dinero, ¿le cobraría intereses? ¿Qué porcentaje sería el adecuado?

Por Jorge Gallo. 18 diciembre, 2015.

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El cobro de intereses se basa en la premisa de que los recursos (dinero en efectivo, productos y servicios) tienen un “Costo de oportunidad”. Imagine usted que tiene ahorrados diez mil soles en una institución financiera (IFI) que le paga una tasa de interés de, por ejemplo, cinco por ciento anual. Cada año usted retirará, por concepto de intereses, la suma de quinientos soles.
En eso, un familiar suyo le pide a usted que le preste ese dinero y afirma que se lo devolverá después de un año. Si usted acepta esa proposición: ¿Le cobraría intereses a su familiar? ¿Cuál sería un porcentaje adecuado?
Parece lógico que si usted va a dejar de percibir esos quinientos soles por concepto de intereses, éstos sean pagados por su familiar. Pero ¿Sólo le cobrará esa cantidad – calculada sobre el cinco por ciento que le pagaba la IFI – o algo más? ¿Qué riesgo existe acerca de la recuperación del dinero? ¿Le devolverá el dinero prestado su familiar? Entonces parece aún más lógico que usted cobre algo más que ese cinco por ciento ¿Cuánto más? Pues eso dependerá del riesgo que usted perciba en esa operación de crédito. Cuanto más riesgo perciba más intereses querrá cobrar a tal punto que, incluso, la tasa de interés a cobrar podría desanimar a su familiar.
El razonamiento anterior está basado en el concepto del costo de oportunidad: usted está ganando cinco por ciento por sus ahorros que no corren riesgo alguno de pérdida. Para pensar en dejar de ganar ese porcentaje tendría que ser por uno, al menos igual, o mayor, si incluye el factor de riesgo que conlleva prestar ese dinero.
El cobro de intereses, cuando se trata de dinero en efectivo parece que es bastante claro considerando el concepto de costo de oportunidad. Pero, cuando se trata de un producto o un servicio, a muchas personas ya no les queda tan claro el asunto.
Si usted se dedica a vender polos, por ejemplo, e inicialmente lo hacía al contado, no tenía inconvenientes, ya que con el dinero cobrado reponía el stock vendido. Es el mismo caso que en un servicio pues en muchos casos debe comprarse material o incurrirse en gastos para llevar a cabo el mismo.
Pero, cuando la venta del producto o servicio es a crédito, también es necesario aplicar el concepto del costo de oportunidad. Si usted deja de percibir el dinero de la venta al contado no tendrá efectivo para comprar un nuevo producto o material para realizar un nuevo servicio. Probablemente deberá acudir a una institución para que le financie esa falta de liquidez y es obvio que le van a cobrar unos intereses, que deben ser trasladados al cliente, más un adicional por el riesgo asumido por el financiamiento.
Pero ,como el cobro de intereses muchas veces se entiende como algo malo (usura, por ejemplo) las personas o empresas que venden a crédito no mencionan el cobro de los mismos, aunque suelen estar incluidos en el precio de venta. ¿Cómo nos damos cuenta de que existe un cobro escondido de intereses? Pues porque suele ofrecerse un descuento por pronto pago.
Le dirán: esto cuesta mil soles y lo puedes pagar hasta en treinta días, pero si lo pagas ahora sólo será novecientos cincuenta. Cuando la real figura es: esto cuesta novecientos cincuenta soles y si lo pagas dentro de treinta días, costará mil soles.
(Compendio de los artículos publicados en Correo, el 18 y 25/12/2015)

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