04

Dic

2020

Mgtr. Jorge Gallo

“El afiliado será el responsable del uso que le dé a los retiros de su AFP”

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El profesor Gallo señala que desde hace mucho tiempo se ha debido realizar una reforma integral de este sistema y no se ha hecho, por decisiones políticas y por la poca disposición de las AFP.

Por Koko Zavala. 04 diciembre, 2020.

Jorge Gallo Costa, profesor de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Piura, señala que la confianza en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) se ha perdido y que hace falta una reforma integral de este. Al referirse a la legalidad de la puesta en vigencia de la ley que autoriza a los afiliados a retirar hasta cuatro UIT (S/17 200) de los fondos de la AFP, aprobada por Manuel Merino fue “políticamente, ajustada a ley pues, pues la firmó cuando aún ocupaba el cargo de presidente”.

Sin embargo, Gallo señala que “desde el punto de vista de las AFP habrá repercusiones económicas pues estas tendrán que liquidar los activos necesarios para poder cubrir los retiros. Se espera que se trate de inversiones realizadas en el extranjero, de modo tal que el impacto sea mínimo en la economía local”.

Por otro lado, refirió que, desde la perspectiva del aportante, este tendrá libertad absoluta para destinar este dinero ya sea para pagar deudas, cubrir gastos de salud o educación o, incluso, realizar gastos de consumo. Se entiende que cada uno será responsable del uso que le dé a este dinero.

Cómo retirar los fondos
Se ha establecido el siguiente mecanismo para que los aportantes puedan retirar hasta S/. 17 200 (4 UIT), previa presentación de solicitudes, del 9 de diciembre al 9 de marzo del 2021.

Podrán acceder a este beneficio extraordinario los afiliados al SPP que no registren aportes a su fondo de pensiones hasta el 31 de octubre del 2020, por 12 meses consecutivos y que estén en situación de desempleo. Además, no deben acceder al REJA (régimen regulado por la Ley 30939).

Gallo agrega que si, algún afiliado al SPP (incluidos los desempleados), realizó algún aporte en el último mes, podrá acceder hasta 1 UIT de sus fondos. También pueden acceder hasta S/. 17 200 aquellos afiliados que sufran enfermedades oncológicas, para poder costear sus tratamientos.

Los desembolsos se realizarán por partes. El primero, de hasta S/4300 se hará efectivo después de 30 días de presentada la solicitud en la AFP; el segundo será 30 días después del primero; y, el tercero, 30 días después del segundo.

¿Conviene retirar los fondos?
“La liquidación de los activos significará una reducción de su valor de mercado (el exceso de oferta trae como consecuencia una reducción del precio de cualquier activo). El impacto dependerá del fondo que cada afiliado tenga en la fecha de la solicitud de disposición de estos fondos. En algunos casos, quedará muy poco o nada cuanto más cerca esté el importe del fondo a esos S/. 17 200”, señala Gallo.

Respecto a la conveniencia de retirar o no los fondos, indicó que esta depende de cada caso particular. Si una persona no tiene trabajo desde hace un año, no genera ingresos y su fondo es muy bajo (cercano a los S/. 17 200, por ejemplo) parece razonable que se quiera retirar este dinero y usarlo hoy, pues la pensión a recibir (suponiendo que ya no vuelva a trabajar y aportar) cuando tenga edad para jubilarse será irrisoria, dijo.

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