28

Jul

2020

ARTÍCULO DE OPINIÓN

Ofrece solo lo que puedas cumplir

En estos tiempos donde muchas personas y empresas piden productos en la modalidad de entrega a domicilio, quien los ofrece debe considerar la disponibilidad de los productos.

Por Jorge Gallo. 28 julio, 2020.

El 20 de julio se hizo público que el Indecopi inició un procedimiento sancionador contra trece empresas que ofrecieron productos a través de internet incumpliendo con su fecha de entrega.

Estas empresas tendrán diez días para entregar lo solicitado, cambiar el producto por uno de similares características o devolver el dinero recibido más los intereses legales.

Debido a estas faltas, se inició un procedimiento sancionador contra estas compañías que ofrecieron sus productos bajo la modalidad de comercio electrónico (Fuente: RPP noticias).

A la luz de este hecho, qué importante resultan las expectativas que puedan crearse los clientes. Las razones por las que estas empresas no cumplieron con los tiempos de entrega ofrecido solo la saben ellos, pero llama la atención que no se trata de un caso aislado, sino que el número de ellos es llamativo.

¿Cuáles son las lecciones que este caso pueden dejar? En estos tiempos donde muchas personas y empresas piden productos en la modalidad de entrega a domicilio, quien los ofrece debe considerar la disponibilidad de los productos en sus almacenes y la posibilidad de que pueda ser atendido por su proveedor, si no tiene la cantidad ofrecida.

Debe diseñar un adecuado sistema de reparto, más aún si no se cuenta con una flota propia y depende de un tercero; y controlar que los tiempos de entrega se cumplan, si esto no ocurre, debe comunicarse de inmediato con el cliente para ofrecerle, si lo desea, una nueva fecha de entrega o la devolución inmediata del dinero si el pago fue realizado por adelantado.

La comunicación con el cliente y la atención de reclamos debe ser en el momento oportuno y nunca debe ser interrumpida.

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