El referéndum es un instrumento de consulta popular, propio de la democracia directa; por eso, dado que nuestro sistema democrático es representativo, su ejercicio debe ser excepcional. La interrogante que presenta el ejercicio de esta institución, son los temas que pueden ser objeto de un referéndum. La Constitución peruana es clara cuando prohíbe su ejercicio para restringir los derechos fundamentales (artículo 32); sin embargo, no lo es tanto cuando se trata de temas relativos a su parte orgánica. La propuesta de cambios constitucionales al Consejo Nacional de la Magistratura, financiamiento público a los partidos políticos, la no reelección de congresistas y el retorno a la bicameralidad parecen más discutibles de ser ratificadas por referéndum, al tratarse de temas que exigen un estudio más detenido para su aprobación e implementación.

La ratificación por referéndum, de las leyes de reforma constitucional aprobadas por el Congreso, es optativa si la votación del pleno del Congreso ha superado los ochenta y siete votos. La premura del ejecutivo para aprobar las reformas planteadas y el episodio de amenaza de una cuestión de confianza, dieron lugar al estudio, discusión, aprobación y próxima ratificación por referéndum, de temas que son propios de una profunda discusión parlamentaria, especialmente cuando aplica el procedimiento de reforma constitucional.

La necesidad o no de un parlamento independiente de Londres (aprobado en Escocia), la decisión de pertenecer o no a una organización supranacional (el pasado Brexit en Inglaterra), la libre determinación de los pueblos sobre su independencia territorial (también en Escocia), así como la ratificación de un acuerdo de paz se convierten en temas de consulta popular, una vez agotado el lento y profundo trabajo de la representación política.

El pasado referéndum en Colombia, por ejemplo, epílogo de un largo proceso de discusión política y jurídica bajo una democracia representativa, fue fruto de los acuerdos por la pacificación del país y, a pesar de su desaprobación popular, considero que fueron acertados: hubo razón, oportunidad y momento para convocar una consulta popular. Por eso, a diferencia de los ejemplos anteriores, en el Perú se ha carecido de una profunda discusión de las reformas planteadas y convocadas a referéndum, precisamente por no reparar en los presupuestos que le brindarán sostenimiento en el tiempo: la crisis de la independencia del poder judicial y la ausencia de partidos políticos sólidos y con arraigo nacional.