Inmunidad no es lo mismo que impunidad

Por , publicado el 16 de diciembre de 2016

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El Diccionario de la lengua española define la frase inmunidad parlamentaria –dentro de la entrada ‘impunidad’– como: ‘Prerrogativa de los parlamentarios, que los exime de ser detenidos o presos, procesados y juzgados sin autorización de la cámara a que pertenecen salvo en los casos que determinan las leyes’ (DLE, 2014); mientras que impunidad se registra como sustantivo con el sentido de ‘calidad de impune’ esto es, ‘que queda sin castigo’.

Por lo tanto, no hay que confundir inmunidad con impunidad, pues son palabras que por ser parónimas suenan y se escriben parecido; pero significan cosas distintas.

En este sentido, comprendemos lo que el politólogo Arturo Maldonado afirma: Los congresistas tienen como prerrogativa la inmunidad parlamentaria que entendiblemente ha sido planteada como un mecanismo para evitar que sus labores sean judicializadas y para garantizar el libre funcionamiento del Congreso. Sin embargo, vemos que los legisladores entienden la inmunidad como una carta libre para atacar impunemente y difundir información falsa o tergiversada (…) (Inmunidad o impunidad, El Comercio, 6 de diciembre de 2016).

5 comentarios

  • Miguel Humberto Lozano Torres dice:

    Muy interesante. Ya era tiempo que la UDEP se proyecte a culturizar a través de las redes..

  • ulises casas dice:

    Muy importante esclarecer estos dos conceptos a fin de evitar interpretaciones errónas.

  • Reme Ballesteros dice:

    Pues estaría muy bien que esto se diera más a conocer porque en estos momentos y a causa de la declaración de inmunidad de Oriol Junqueras son dos palabras que en el Parlamento Catalán se están confundiendo.

    Saludos

  • jaime cainamarks dice:

    Gracias por la ilustración, hoy es una realidad en todos los países donde se dice velar por la democracia.

  • Miguel dice:

    No se entiende, a estas alturas, como señores que sirven al pueblo en la más alta instancia, osea, en el gobierno de la nación, se hacen inmunes por ley e impunes de facto. Un delito es un delito lo cometa quien lo cometa, como tal tiene que responder ante la justicia. Dicho de paso, no es ni medianamente entendible, por que yo voto sólo 2 de los 3 poderes del estado?. El que el poder judicial lo elija el ejecutivo, da la opción a que ese poder no cumpla con su misión al estar sometido a otro poder, el cual le impone vida y funcionamiento, véase la Fiscalia General del Estado, de ser un útil de supervision general y garantía democrática a ser una herramienta más del ejecutivo.

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