Confinamiento: la palabra del año 2020 según Fundéu

Por , publicado el 20 de enero de 2021

La atípica realidad del 2020 se refleja también en el lenguaje. La Real Academia Española en su artículo «Las palabras del año en el universo hispanohablante» afirma que los términos que han predominado en el habla hispana del año pasado son asintomático, contagio, COVID-19, distanciamiento, confinamiento, incertidumbre, coronavirus, mascarilla, pandemia, teletrabajo.

Por su parte, el 29 de diciembre, la Fundéu nombró palabra del año 2020 al sustantivo confinamiento, que compitió con coronavirus, infodemia, resiliencia, COVID-19, teletrabajo, conspiranoia, [hacer] un tiktok, estatuafobia, pandemia, sanitarios, vacuna.

Ya en abril del 2020, en su artículo «Palabras de una emergencia», Lady Olivares afirmaba que el uso de confinamiento se había vuelto común en el contexto pandémico. Además, según el portal Enclave RAE, en marzo del mismo año hubo 25229 consultas de este término en el Diccionario de la lengua española (DLE, 2014), un número bastante elevado en comparación, por ejemplo, con las 3531 consultas de la palabra coronavirus, en ese mismo mes.

Confinamiento significa ‘aislamiento temporal y generalmente impuesto de una población, una persona o un grupo por razones de salud o de seguridad’ (DLE, 2014): Bogotá prorroga confinamiento para frenar propagación de COVID-19; ¿Qué dijo el presidente Sagasti acerca de un posible confinamiento?

Cabe precisar que este significado es parte de la última actualización del DLE de noviembre de 2020. En el caso específico de confinamiento, la Fundéu afirma que esta nueva entrada se adapta mejor “a la realidad que millones de personas en todo el mundo han vivido con motivo de la pandemia del SARS-CoV-2” (“Confinamiento, palabra del año 2020 para la FundéuRAE”).

Aunque actualmente resulte fácil relacionar confinamiento con todo el contexto de la pandemia, es importante señalar que también es un término jurídico. El Diccionario del español jurídico (2016) registra los siguientes significados: ‘Expulsión del penado fuera del territorio de la República, con residencia forzada en un lugar determinado’ y ‘Pena restrictiva de la libertad consistente en conducir al reo a un pueblo o distrito situación en territorio peninsular o insular, en el que debía permanecer en libertar bajo la vigilancia de la autoridad’. Estos significados son de uso común en el campo del Derecho.

Otro aspecto interesante sobre el uso de confinamiento es el que expone Humberto Hernández en su artículo «¿Aislamiento, confinamiento o cuarentena?»: «No parece censurable lingüísticamente, fuera del estricto ámbito jurídico, el uso de aislamiento, confinamiento y cuarentena como sinónimos ocasionales o contextuales». Esta sinonimia contextual de la que habla Hernández se ve reflejada en los titulares de la primera semana del presente año:

  • Boris Johnson decreta el aislamiento total en Inglaterra por rebrote de coronavirus (El Tribuno, 4 de enero).
  • “Las próximas semanas serán las más duras”: Inglaterra regresa al confinamiento estricto ante el riesgo de colapso de su sistema de salud (BBC, 5 de enero).
  • Johnson anuncia una nueva cuarentena para Inglaterra por alza de casos de covid (La República. 4 de enero).

¿Cuál será la palabra que más usaremos este 2021? Esperamos de todo corazón que sea una relacionada con la superación de la pandemia.

 

 

 

5 comentarios

  • Anónimo dice:

    Para asombro general, miren lo que la RAE aprobó y publicó a comienzo de año, porque así se usa en España y que creo que desde ya se gana el concurso de la palabra del 2021.

    El uso del verbo descambiar con el sentido de ‘devolver una compra’ es adecuado.

  • Jacinto Gonzáles dice:

    Anónimo, ¿es cierto lo que dices o estás batiendo a la RAE?

  • Paco (con ñ) dice:

    En el presente artículo, donde dice:
    «El diccionario del español jurídico (2016) registra los siguientes significados:
    ‘Expulsión del penado fuera del territorio de la República, con residencia forzada en un lugar determinada'”, he advertido un error de concordancia. Dado que “lugar” es un sustantivo masculino debería decirse: en un ‘lugar determinado’, y no ‘lugar determinada’».

  • Paco (con ñ) dice:

    En el presente artículo, donde dice:
    «El diccionario del español jurídico (2016) registra los siguientes significados:
    ‘Expulsión del penado fuera del territorio de la República, con residencia forzada en un lugar determinada’» , he advertido un error de concordancia. Dado que “lugar” es un sustantivo masculino debería decirse: en un ‘lugar determinado’, y no ‘lugar determinada’.

  • Castellano Actual dice:

    Gracias por el aviso. Corregido.

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