Duda resuelta: Numerales y cardinales en artículos y leyes
Por Castellano Actual, publicado el 19 de septiembre de 2018Pregunta de Luz María Escalante Borreguín (México):
¿Se escribe artículo 3ero. constitucional, artículo 3 constitucional, Artículo 3 constitucional, Artículo 3 Constitucional, Artículo tercero constitucional o Artículo Tercero Constitucional?
Respuesta de Castellano Actual:
Estimada Luz María:
En el caso de los artículos legales, se emplean los números ordinales, sea en su forma completa, con palabras, o abreviada, con número y letra volada. Cabe indicar que la abreviatura para tercero(a) considera solo la última letra de la palabra, que aparece en volada y precedida de punto: 3.o/ 3.a. La forma 3.ero, por tanto, no se considerada necesaria por resultar poco económica. Asimismo, si el ordinal se apocopa (pierde la vocal final), se debe emplear la forma tercer, que se abrevia como 3.er.También sería posible utilizar los números ordinales, que pospuestos al sustantivo equivalen a los ordinales: artículo tres = artículo tercero.
En cuanto al adjetivo constitucional, debe escribirse con minúscula. Solo se usaría la mayúscula si se tratara del sustantivo Constitución, usado en singular para referirse al documento oficial de un país: la Constitución mexicana.
Por tanto, de todas las opciones enviadas, solo son válidas las siguientes: artículo tercero constitucional/ Artículo tercero constitucional (con A mayúscula si inicia enunciado). Otras opciones posibles serían artículo tres constitucional, artículo 3.° constitucional , artículo 3 constitucional.
Un saludo cordial,
Castellano Actual
Gracias por sus aclaraciones. Pero entonces se me plantea una duda – que creo es más jurídica que linguística : ¿por qué los articulos del Titulo preliminar se escriben con la volada(1o.,2o….) y el resto solo con el mumeral cardinal(1,2,3)?
Saludos.