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May

2021

“Es poco razonable convocar a una asamblea constituyente”

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¿Es posible cerrar el Congreso para dar paso a una reforma constitucional?  Especialistas de la UDEP coinciden al señalar la inconveniencia de esta medida, frente a la crisis sanitaria y económica que atraviesa el país.

Por Koko Zavala. 17 mayo, 2021.

¿Es posible cerrar el Congreso para dar paso a una reforma constitucional?  Especialistas de la UDEP coinciden al señalar la inconveniencia de esta medida, frente a la crisis sanitaria y económica que atraviesa el país.

Para el doctor Luis Castillo, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Piura, la Constitución es la norma primera y fundamental de un Estado. En ella, se contienen todas las medidas esenciales que regularán la vida en nuestra comunidad política. Ahí están reconocidos y regulados de modo básico los derechos humanos, los poderes públicos, las principales medidas en el ámbito económico, social, cultural, político del Perú.

Y agrega: “también ahí se regulan los procedimientos que se han de seguir para reformar válidamente la Constitución. La Constitución peruana actual no ha previsto que el proceso de reforma constitucional se lleve a cabo a través de una Asamblea Constituyente. De modo que, hoy, sería inconstitucional llevar a cabo la reforma constitucional a través de una Asamblea Constituyente”.

Asamblea Constituyente

Para convocarla, tendría que modificarse la Constitución actual y añadir un tercer procedimiento de reforma constitucional, uno que se realice a través de una Asamblea Constituyente. Pero, parece poco razonable que existiendo un Congreso de la República se convoque a una Asamblea Constituyente y que ambos coexistan. Por eso, las asambleas constituyentes han sido convocadas en ausencia de un Parlamento y luego de un golpe de Estado, normalmente para dar una nueva Constitución que legitime al dictador golpista, señala el profesor universitario.

¿Un referéndum? ¿y la crisis?

Castillo sostiene que “el referéndum puede ser parte del proceso de reforma constitucional. Por ejemplo, en la actual Constitución, uno de los procedimientos de reforma prevé el referéndum. De hecho, fue el procedimiento empleado a finales del 2019 para aprobar las leyes de reforma constitucional que promovió el Gobierno de Vizcarra”.

Tendría que reformarse la Constitución actual para incorporar un tercer procedimiento de reforma que se lleve a cabo por una Asamblea Constituyente y en el que participe el pueblo a través de referéndum, explica el jurista.

“Me parece inconveniente, injusto e inmoral que como comunidad política nos avoquemos a reformar la Constitución sin antes haber solucionado la crisis originada por la pandemia en el ámbito de la salud pública, y por lo menos haber puesto las bases para superar la crisis económica” indica.

La solución de esta crisis sí es posible con la Constitución actual, porque lo que ha fallado en los últimos tiempos no ha sido la Constitución, sino que ha fallado el gobernante que no ha sabido cumplir con sus deberes constitucionales respecto de los servicios públicos esenciales, en ámbitos tan sensibles como los de la salud y la educación, ni con sus deberes constitucionales en relación con una economía social de mercado prevista en la Constitución y que le obligaba poner el mercado al servicio de la persona.

Acuerdo fundamental

Por su parte, el doctor Carlos Hakansson, profesor de la Facultad de Derecho de la UDEP, señala que las constituciones solo tienen prevista su reforma a cargo del Congreso, que obra como un poder constituyente delegado para aprobar las modificaciones que sean necesarias y por medio de un de un procedimiento que demanda un amplio consenso.

Y, agrega, “una asamblea constituyente surge producto de la fundación de una nueva República, como fruto o símbolo de una revolución que cambia el orden político previo, o a consecuencia de un golpe de Estado a la democracia.

“A pesar de los hechos vividos en nuestra historia republicana, la idea de una asamblea constituyente está concebida para aplicarse una vez y reconocer un acuerdo fundamental que se resume en un Estado, independiente, democrático que respeta las libertades y su gobierno electo por sufragio universal que se rige por el principio de separación de poderes”.

“Toda reforma constitucional debe aprobarse mediante un procedimiento prestablecido por el constituyente y no puede vulnerar los principios que inspiran ese acuerdo fundamental”.

Hakansson precisa que “el inciso 1 del artículo 32 de la Constitución reconoce al referéndum como una vía para su reforma total o parcial, pero en el marco del procedimiento establecido por el constituyente en el artículo 206, es decir, la aprobación por mayoría absoluta de una propuesta de reforma constitucional y su confirmación por la vía de una consulta popular”.

“La Constitución peruana actual reconoce un amplio y abierto catálogo de derechos y libertades, instituciones de garantía para su protección, un órgano defensor de la constitucionalidad, así como un conjunto de principios y reglas para el buen gobierno democrático (separación de poderes). Es un documento perfectible y tiene sus caminos para establecer mejoras, pero no está prevista su sustitución o la convocatoria de una nueva asamblea constituyente”, concluye.

Hay prioridades

Para Paola Celi, profesora de la Facultad de Humanidades y especialista en Participación Política Ciudadana, la formación de la Asamblea Constituyente podría terminar en la disolución: si el Ejecutivo presenta la propuesta y esta es rechazada, la consecuencia podría ser plantear una cuestión de confianza y, posteriormente, la disolución del Congreso. Pero nuevas confrontaciones entre el Gobierno y el Poder Legislativo son lo último que necesita el país, y menos en este contexto de pandemia.

“Cabe señalar que Pedro Castillo ha firmado un documento con una serie de compromisos. En el punto 3 se compromete a formar la Asamblea Constituyente dentro del marco jurídico vigente: “no más golpes de Estado”. Esto les dará tranquilidad a unos votantes, a otro quizá no”, anota.

Expresa que “otro camino sería la consulta popular, el referéndum, que no está dentro del marco jurídico, según algunos expertos. Creo que las expectativas de los peruanos con respecto a cambios en la Constitución o son muy grandes o no están claras, por lo que una consulta popular generaría más caos que soluciones. Es necesario que el Jurado Nacional de Elecciones se manifieste claramente al respecto”.

“Estoy convencida de que se necesitan cambios en la Constitución, pero hay prioridades.  Ahora mismo urge que los candidatos enfoquen sus planes en la lucha contra la pandemia, en la continuidad de la educación (ya que la virtualidad ha acentuado las desigualdades) y en la reactivación de la economía.  De todas maneras, ante cualquier iniciativa del futuro presidente o presidenta hay que estar siempre alertas”, subrayó.

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