(Piura).-Los doctores Percy García y Carlos Hakansson, docentes de Derecho, participaron en congresos organizados por la Universidad Externado de Bogotá y el Tribunal Constitucional del Perú, respectivamente.
Por Julio Talledo. 28 agosto, 2012.(Piura).- Los doctores Percy García Cavero y Carlos Hakansson Nieto, docentes de la Facultad de Derecho de la Universidad de Piura, participaron en congresos internacionales organizados por la Universidad Externado de Bogotá (Colombia) y el Tribunal Constitucional del Perú, respectivamente.
El Dr. García Cavero dirigió las conferencias magistrales “Determinación de la pena del partícipe extraneus en los delitos cometidos por servidores públicos” y “Adelanto de las barreras de punibilidad por razones de seguridad ciudadana”, durante las XXXIV Jornadas Internacionales de Derecho Penal organizadas por el departamento de Derecho penal y Criminología de la referida Universidad bogotana.
En su primera conferencia abordó cómo determinar la pena para las personas que colaboran con funcionarios públicos en la consecución de un acto delictivo; en la segunda, habló sobre el fenómeno de la anticipación de la tutela penal; es decir, la tipificación de conductas que no lesionan ningún bien jurídico – bien material o inmaterial que es protegido por el derecho– al preparar la comisión de un delito.
Apuesta por la tradición constitucional
Por su parte, el Dr. Carlos Hakansson Nieto expuso “La importancia de los aportes de la teoría clásica frente a las llamadas constituciones modernas” en las ‘Primeras jornadas internacionales de docentes de Derecho constitucional’ organizadas por el Tribunal Constitucional del Perú.
En su intervención, el experto constitucionalista analizó la aplicación de los fundamentos del neoconstitucionalismo –teoría del derecho que plantea que la Constitución deja de ser una forma de organización del poder de un estado– en las constituciones de los países de Europa e Iberoamérica.
En su análisis, afirma que son pocos los textos constitucionales en el mundo que han conseguido estabilidad política y jurídica bajo los estamentos de la mencionada teoría a diferencia de los países de tradición constitucional; es decir, aquellos que siguen las directrices del constitucionalismo clásico, teoría jurídica basada en el aprecio de la vida política expresado en distintas manifestaciones culturales, como el trato interpersonal entre ciudadanos y autoridades.