John Astete, presidente de la Sociedad Peruana de Salud Ocupacional, manifiesta que las empresas deben velar por el bienestar de sus trabajadores, para ello deben implementar un eficiente sistema de prevención de riesgos.
Por Javier Távara Farfán. 11 septiembre, 2013.“La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) se ha hecho para cumplirla y no solo para que el empleador la aplique cómo un trámite burocrático más, sin respetar el derecho de los trabajadores. Su cumplimiento es exigible”, afirma el Dr. John Astete, presidente de la Sociedad Peruana de Salud Ocupacional y docente de la Maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo de la Universidad de Piura.
¿La ley de SST se puede aplicar a todas las empresas?
El tema de responsabilidad y aplicabilidad de la Ley se da en razón al grado de riesgo y a la cantidad de factores de riesgo que se determine. Si bien es cierto, se considera que las pequeñas empresas no podrían implementar este programa de gestión, el Estado está en la obligación de dar los lineamientos que podrían aplicarse, como se ha hecho en Brasil, España o Argentina.
¿Una mype podría implementar un sistema de SST?
En una mype, de menos de veinte trabajadores, basta con un supervisor de seguridad y con que uno de sus técnicos tenga capacitación en SST, para que dedique unas horas de su labor al sistema de gestión. Las evaluaciones ocupacionales, que generan mayor costo, deben ser enfocadas a los factores de riesgo. Sin embargo, al no haber muchos especialistas, las industrias y las empresas han acudido a centros médicos para tener evaluaciones médicas y les han dado paquetes de evaluación que no están relacionados con el puesto de trabajo, cuando un examen clínico podría cubrir esa evaluación.
¿Las empresas están aplicando la Ley?
En la actividad extractiva, la implementación de la Ley posee antecedente desde el 80 y 90, además el entorno competitivo actual ha hecho que las empresas mineras, a nivel nacional, implementen estándares altos. En ese sentido, los sistemas de SST de la minería son referentes a nivel mundial. Sin embargo, en las empresas pesqueras recién se ha implementado en los últimos cinco o seis años.
Y, en las empresas estatales…
Hay actividades de riesgo, dentro del Estado, que tienen un retraso en la implementación de esta normativa, como es el caso de Salud, no todos sus trabajadores tienen un seguro complementario de trabajo de riesgos, como deberían tener, y esperamos que en los siguientes meses, o años, el cien por ciento del personal tenga esta protección que es exigida desde 1998.
¿Cuáles son los nuevos riesgos en materia de SST?
El último reporte de la OMS y de la OIT concluye que los trastornos psicosociales generados en las empresas son los que actualmente originan mayor cantidad de presentismo (pasar más horas en el lugar de trabajo) y ausentismo. Estos trastornos están causando somatización de patologías producidas por el stress, por las características del puesto de trabajo y por la competencia actual que de la actividad económica.
¿Cuál debe ser la preparación de los responsables de la SST de las empresas?
Desde una capacitación técnica básica hasta una muy especializada, como en el área de exposición a sustancias químicas.Actualmente existe un déficit de profesionales en temas de SST, por ejemplo médicos especialistas en medicina ocupacional junto con los médicos del trabajo, a nivel nacional, suman un máximo de 60 personas. Asimismo, hay déficit en especialistas de seguridad e higiene. Las universidades deberían formar mayor cantidad de este tipo de profesionales, que deben estar dirigidos a la protección específica del trabajador.