Es válido hacernos esta pregunta porque finalmente, desde el punto de vista financiero, el Estado somos todos.
Por Guillermo Chang. 24 enero, 2018.La Constitución peruana (artículo 44°) regula los fines del Estado: “defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación”. Para cumplirlos, no necesita gastar en publicidad.
El Estado no es una empresa que deba publicitar sus servicios, solo debe ejecutarlos. Aun con ello, la publicidad no es una actividad prohibida, pero debe instrumentalizarse al interés general.
Desde el 2006, la Ley N° 28874 regula la publicidad estatal. Señala que la publicidad institucional tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de planes y programas a cargo de las entidades y dependencias. Por ello, es válido que la Sunat o los municipios anuncien las fechas de vencimientos de los impuestos o el cierre de calles, carreteras, o desvíos; también es lícito que la PNP dé consejos para evitar robos y otros delitos. Bajo esta misma lógica están las redes sociales.
Cualquier actividad distinta a las señaladas es ilegal, como anunciar el inicio de una obra pública sólo para mencionar a las autoridades, o la contratación de un pull de commmunity managers que administre las redes sociales de funcionarios estatales.
El proyecto de la bancada aprista no respeta esta lógica. Al no mencionar el contenido de lo que se debe publicitar, cada entidad lo podría regular por norma infralegal y aumentar los gastos de producción en muchos temas. Además, incluye a las empresas públicas sin considerar que muchas necesitan publicitarse para sostener su negocio, como AgroBanco o Mi Vivienda; aunque es claro que las empresas que tienen monopolio de actividad (con un mercado cautivo) no necesitan publicidad.
Más importante que promover una nueva ley es que se cumpla la vigente. La norma es clara. Los órganos de control y fiscalización deben supervisar el correcto uso de la publicidad; y, las autoridades, de cualquier tipo, deben servir al bien común dentro del marco de la ley.