19

Oct

2020

Artículo de Opinión

Las mypes y la reprogramación de deudas

Hasta ahora, no existen políticas que puedan apoyar la reactivación del sector emprendedor, ofreciéndoles capital de trabajo fresco para nuevos emprendimientos o para su reactivación.

Por Brenda Silupú. 19 octubre, 2020.

Fuente: Gestión

En estos días se publicará el reglamento de la ley de reprogramación y congelamiento de deudas en el que se incluye a las mypes. Esta ley solo está dirigida a un pequeño grupo de mypes que tienen buena calificación en el sistema, no tienen deudas tributarias, su nivel de endeudamiento no supera los S/ 20 000 y no han sido beneficiados por ningún programa de apoyo del gobierno. Si tomamos en cuenta estos requisitos, menos del 6% de las mypes lo cumplen.

Además, es potestad de la institución financiera evaluar si decide aceptar o no la solicitud de reprogramación o congelamiento de deudas teniendo que disminuir la tasa de interés o condonar algunas cuotas de la deuda y, por último, es la Cofide la que debe verificar la documentación para que el cliente mype se beneficie de esta ley.

Hasta ahora, no existen políticas que puedan apoyar la reactivación del sector emprendedor, ofreciéndoles capital de trabajo fresco para nuevos emprendimientos o para su reactivación. No se habla de los beneficios a los que pueden acceder las empresas informales si es que optan por la formalización de sus negocios. Se necesita que el sector emprendedor contribuya con la producción y la generación de empleo, pero necesitan contar con los mecanismos necesarios para su reactivación.

La reactivación del sector mype implica adoptar medidas y políticas que tengan en cuenta la realidad de este sector empresarial. Existe un 75% de micro y pequeñas empresas informales y del 25% que tiene al menos un registro tributario, más de la mitad de las empresas no están incluidas financieramente; por lo tanto, no disponen de un historial crediticio.

Ahora, existe sólo un pequeño porcentaje de mypes formales que tienen una calificación normal o con problemas potenciales (hasta 30 días de atraso en el pago de la deuda).

Este es un artículo de opinión. Las ideas y opiniones expresadas aquí son de responsabilidad del autor.

Comparte: