18

Feb

2021

Artículo de opinión

El escándalo “Vacunagate”: ¿responsabilidades penales?

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Este hecho nuevo cifra la atención en conocer cuáles podrían ser las posibles responsabilidades penales que podrían afrontar los funcionarios públicos que recibieron la aplicación de las vacunas.

Por Francisco Alvarez. 18 febrero, 2021.

Seis días después de revelarse la vacunación del expresidente Martín Vizcarra, el escándalo ocasionado por la administración irregular y clandestina de las “vacunas de cortesía” entregadas por Sinopharm se ha extendido en el transcurso de los días al conocerse la lista de personas que también se habrían beneficiado.

Recién el lunes, 15 de febrero, la Fiscalía de la Nación informó a la opinión pública sobre el inicio de una investigación preliminar contra el expresidente Vizcarra y otros funcionarios del actual y anterior Gobierno, que habrían recibido la vacuna contra la COVID – 19, por la supuesta comisión de los delitos de negociación incompatible y concusión.

Asimismo, el 16 se revelaba, en el caso de la exministra Pilar Mazzetti, que no solo ella había sido beneficiada con esta administración irregular de la vacuna, sino que también fue vacunado su chofer. Este hecho nuevo cifra la atención, primero, en conocer cuáles podrían ser las posibles responsabilidades penales que podría afrontar la doctora Mazzetti.

Primero, si se llegase a demostrar que la entrega de las “vacunas de cortesía” respondía a un interés de la empresa china para lograr la adjudicación del contrato con el Gobierno Peruano, tendría sentido la aplicación del delito de colusión que sanciona al pacto indebido en el marco de un contrato público entre un funcionario y un proveedor para beneficiar a este.

Sin embargo, la empresa ha negado que las vacunas hayan estado dirigidas a un cierto grupo de funcionarios. Si esto es cierto, y simplemente Mazzetti abusó del cargo para obtener la vacuna y, posteriormente, adjudicar el contrato a Sinopharm, tendría sentido la aplicación del delito de negociación incompatible que sanciona solo al funcionario que se interesa “indebidamente” en un contrato estatal.

Un supuesto diferente es el caso de la vacunación del chofer de la exfuncionaria. Aquí se aprecia un típico supuesto de abuso de autoridad: se usó abusivamente el cargo con el fin de beneficiar a una persona.

Diferente situación afrontaría la exministra de Relaciones Exteriores, Elizabeth Astete, pues si bien es otra de las beneficiarias con la administración irregular de la vacuna, al no tener una competencia directa en el proceso de contratación con Sinopharm, sería inviable sostener la imputación, a título de autora, por los delitos de colusión y negoción incompatible. Empero, podría iniciársele una investigación, como autora del delito de abuso de autoridad que castiga al funcionario público que abusa de su cargo en la administración pública, para cometer un acto arbitrario.

Este es un artículo de opinión. Las ideas y opiniones expresadas aquí son de responsabilidad del autor.

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