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Ene

2022

Orlando Vignolo

“Se necesita un único ente sancionador para asuntos de extrema urgencia”

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El doctor Orlando Vignolo, especialista en Derecho administrativo, analiza la labor que deberían ejercer las entidades públicas a raíz del derrame de petróleo en Ventanilla y las falencias develadas en el ordenamiento jurídico peruano.

Por Gabriela Hernández. 21 enero, 2022.

Foto: Andina.

Con casi tres millones de metros cuadrados de mar abierto y litoral cubiertos de petróleo, miles de aves marinas afectadas y la actividad económica de más de mil pescadores artesanales perjudicada, la actual crisis ambiental ha sido calificada por la Cancillería como “el peor desastre ecológico ocurrido en Lima en los últimos tiempos”.

Sin embargo, este no es un desastre improbable o inusual, refiere el jurista y profesor de la Universidad de Piura. “Ha sucedido en Sudamérica y, en el Perú, hubo uno similar en Talara. Lamentablemente, la legislación ambiental en general no está preparada para este tipo de desastres”.

Esto se debe, explica, a que en el Perú existe una seria superposición de potestades y administraciones públicas involucradas. “Por un lado, está la Marina de Guerra, con la Dicapi, que es la autoridad marítima. Por otro, está Osinergmin que ve la infraestructura en energía y, además, tenemos a la recientemente creada OEFA, que es la autoridad ambiental”. Esta última, resalta el doctor Vignolo, debe estar presente en todos los sectores porque su autoridad es trasversal.

La urgencia de actuación que demanda un desastre como el de la refinería de La Pampilla deja ver que “falta un orden mínimo y un protagonista que se encargue de los asuntos de extrema urgencia, relacionados con derrames o con desastres ambientales”, enfatiza Vignolo Cueva. La administración pública que asumiría el liderazgo deberá ser la que se ocupe de encabezar un comité de crisis.

A la ausencia de la determinación de una única entidad sancionadora, se suman los problemas jurídicos que podrían surgir ante las respuestas precipitadas de diversos sectores. “La demás entidades y actores públicos y políticos deben pronunciarse con prudencia y pertinencia. Decir que se trata de un “ecocido” como ha declarado el ministro de Justicia podría ser usado por el privado para decir que hay un adelantamiento de opinión, lo que podría llevar el juicio a fueros internacionales (…). Repsol podría judicializar estos asuntos”, resaltó Vignolo Cueva.

“No es jurídicamente correcto, porque agrede la presunción de inocencia y el buen nombre”.

La responsabilidad de Repsol
“El transporte por buque para hacer maniobras en altamar tiene protocolos establecidos a nivel mundial. Hay que descartar la idea de que la falta de aviso de la Marina de Guerra haya impedido que se paren las labores”, declara el abogado.

El deber de diligencia ordinario de una empresa como Repsol no queda suprimido ni entra en conflicto con la falta de aviso de la Marina, afirma. “Las actividades de alto riesgo deben contar con un nivel muy alto de precaución. Recordemos, además, que le refinería se encuentra en una zona altamente poblada”. Esto último, enfatiza Vignolo, es un riesgo que eleva el estándar de diligencia en el actuar de la empresa.

Queda por investigar si la refinería de La Pampilla contaba realmente con un plan de contingencia exhaustivo. Si no fuera el caso, también se trataría de una omisión de OEFA, del Ministerio de Ambiente y del Ministerio de Energía y Minas, resalta el experto.

Foto: Andina.

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