Estos días se habla mucho del término “privatización” tiendo en cuenta la consulta de las autoridades para una posible concesión de la EPS Grau. Este artículo no es una opinión sobre si la privatización es o no beneficiosa para Piura, sino que, más bien, queremos dar a conocer los distintos conceptos a los que hace […]
Por Guillermo Chang. 28 agosto, 2015.Estos días se habla mucho del término “privatización” tiendo en cuenta la consulta de las autoridades para una posible concesión de la EPS Grau. Este artículo no es una opinión sobre si la privatización es o no beneficiosa para Piura, sino que, más bien, queremos dar a conocer los distintos conceptos a los que hace referencia este término.
Lo primero a resaltar es el sentido originario del término. Para la Real Academia de la Lengua privatizar es transferir una empresa o actividad pública al sector privado. Aun con ello, desde el derecho, esta privatización de una empresa o una actividad pública puede realizarse de distintas formas.
Una empresa pública es una persona jurídica de capital estatal que se dedica a actividades económicas ya sea en régimen de libre mercado o de monopolio. La privatización de la empresa se pude realizar de varias formas: 1) con la venta de las acciones de la empresa o del mismo fondo empresarial; 2) por la transferencia de los activos necesarios para la prestación de la actividad (vía escisión); 3) con el traspaso de la gestión de la empresa vía concesión de servicios; 4) a través del sometimiento de la empresa a modos privados de gestión, lo que implicaría que abandone los posibles privilegios por ser un ente público.
En caso nos encontremos con una actividad pública, el supuesto es distinto: el Estado ostenta el monopolio de la actividad o, sin tenerlo, ha establecido barreras legales al acceso al mercado de los particulares. Normalmente, esta restricción se justifica por alguna razón vinculada al bien común: existencia de monopolios naturales o la destrucción del mercado por la propia competencia. La privatización puede realizarse de dos formas: 1) la despublicatio o pérdida de la reserva de la actividad a favor del Estado, que implicaría que rige la iniciativa privada; o 2) la desregulación, por medio de la cual se disminuyen los requisitos exigibles a una actividad en régimen de iniciativa privada para que otros privados puedan ingresar como operadores económicos.
En el caso de la EPS Grau, nos encontramos ante una empresa pública que posee un monopolio natural. Si se privatiza, depende de las autoridades buscar la mejor forma de hacerlo.