Experto sostiene que las personas que retiren su dinero tienen varias alternativas
Por Dirección de Comunicación. 07 junio, 2016.Perú.- La ley que permite a los aportantes retirar el 95,5% de los fondos de las AFP fue promulgada por el Ejecutivo hace poco. Según la disposición, ahora el jubilado podrá elegir libremente qué hacer con su fondo de jubilación, lo que incluso pasa por dejar que este siga siendo administrado de la forma actual.
Al respecto, el magíster Jorge Gallo Costa, de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Piura (Udep), señaló que una primera alternativa que tiene el aportante es depositar estos fondos en una institución financiera (banco o caja municipal) que le pague una tasa de interés anual mayor a la rentabilidad, también anual, que viene generando su fondo en la AFP.
“Si esa tasa de interés ofrecida por la institución financiera no le es suficiente, puede considerar la opción de invertir ese dinero para obtener una rentabilidad mayor”, mencionó el referido especialista. Sin embargo, señaló que en cualquiera de los dos casos, siempre será esencial que el aportante tenga en cuenta qué es ahorrar y qué es invertir, así como los riesgos que le implican.
Mayor resguardo
“Cuando se ahorra, la institución financiera se obliga a pagar la tasa de interés ofrecida. Además, el dinero está protegido por el Fondo de Seguro de Depósito, que para el periodo marzo–mayo de 2016 está fijado en S/ 96.571. Esto quiere decir que en el eventual caso de que la institución financiera quiebre, el seguro le devuelve al ahorrista hasta la cantidad antes señalada, obviamente, dependiendo de cuánto haya sido su ahorro”, explicó.