13

Sep

2021

Artículo de opinión

Los créditos hipotecarios

El crédito hipotecario puede pagarse anticipadamente, de forma parcial o total; es decir, se pueden cancelar las cuotas del crédito antes de la fecha de vencimiento, previamente pactada con la empresa.

Por Jorge Gallo. 13 septiembre, 2021. Publicado en Correo, el 11 de setiembre de 2021.

Los créditos hipotecarios, según la definición de la SBS, son aquellos otorgados a personas naturales para la adquisición, construcción, remodelación, ampliación, mejoramiento y subdivisión de su vivienda, siempre que tales créditos sean garantizados con hipotecas debidamente inscritas a favor de la empresa del sistema financiero.

Generalmente, los bancos ofrecen dos tipos de tasas de interés: a) tasa de interés fija: se mantiene constante hasta su cancelación, y b) tasa de interés mixta: combina una tasa fija por los primeros años y luego, se aplica una tasa variable por el resto del financiamiento.

La contratación de un seguro de desgravamen garantiza a la empresa financiera la recuperación del monto adeudado y, a su vez, libera a sus herederos de la obligación de pagar del saldo del crédito. El seguro para el inmueble lo protege de eventuales siniestros o daños materiales por imprevistos como incendios, sismos, daños estructurales o de instalaciones. Cabe mencionar que solo cubre el valor de edificación del inmueble, no el valor del terreno.

El cliente asume los siguientes gastos: a) registrales: el monto que se paga en Registros Públicos por la inscripción de la hipoteca, b) notariales: los honorarios que cobra la notaría por formalizar los actos jurídicos involucrados en la compra-venta de un inmueble y en el desembolso del crédito hipotecario, y c) de tasación: el monto que se paga para la evaluación física y la inspección ocular del inmueble hecha por un perito valuador.

El crédito hipotecario puede pagarse anticipadamente, de forma parcial o total; es decir, se pueden cancelar las cuotas del crédito antes de la fecha de vencimiento, previamente pactada con la empresa. Y, se pude elegir entre la reducción de las cuotas o del plazo del crédito. Dicho pago no se encuentra sujeto al cobro de una comisión, gasto o penalidad de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar.

Este es un artículo de opinión. Las ideas y opiniones expresadas aquí son de responsabilidad del autor.

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